Certificación
Planes de Igualdad para las Empresas
Desde el 7 de marzo 2022 es obligatorio que todas las empresas españolas de 50 o más personas en la plantilla cuenten con un plan de igualdad, una medida que tiene como objetivo alcanzar la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito laboral.
Su entrada en vigor se produjo en junio de 2020 y se ha ido aplicando progresivamente según el número de empleados y empleadas de las organizaciones de acuerdo con el RD 901/2020. Ahora es el turno de las empresas de 50 trabajadores o más, que tendrán que ponerse al día para cumplir con la legislación vigente y asegurar que sus negocios estén alineados con el ODS 5 de igualdad de género.
Según el Real Decreto por el que se regulan los planes de igualdad, las siguientes empresas están obligadas a realizar el proceso de diagnóstico y posterior redacción del plan:
- Aquellas que tengan cincuenta o más personas trabajadoras en su plantilla.
- Aquellas obligadas por el convenio colectivo que fuera de aplicación.
- Aquellas en las que la autoridad laboral lo hubiera acordado en un procedimiento sancionador, sustituyendo las sanciones accesorias por la elaboración de un plan de igualdad.
Para el resto de las empresas, la elaboración e implantación de su plan de igualdad tendrá carácter voluntario.
Resulta importante matizar que la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad se hará efectiva en el momento en el que se alcance el umbral de personas trabajadoras (50) y se mantendrá incluso aun cuando el número de personas trabajadoras se sitúe por debajo, una vez constituida la comisión negociadora y hasta que concluya el periodo de vigencia del plan acordado en el mismo o en su caso, durante 4 años.
Según la legislación, las empresas que componen un grupo de empresas podrán elaborar un plan único para todas o parte de las empresas del grupo. En este segundo caso, las empresas no incluidas en el plan del grupo deberán disponer de su propio plan de igualdad.
En primer lugar, es necesario remarcar que la elaboración del plan de igualdad no debe verse como un proceso meramente administrativo y otra responsabilidad más que asumir, sino también como una oportunidad para la empresa de mejorar su competitividad, el ambiente laboral y su alineación con los derechos humanos y el marco de la Agenda 2030, entre otros beneficios.
En el caso de que esto no resulte incentivo suficiente, en el plano económico las empresas que no cumplan con esta obligación se podrán enfrentar a sanciones económicas con multas de hasta 187.515 € o la pérdida de ayudas, bonificaciones y, en general, de beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
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